Confederación
Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia – CSUTCB
Confederación
Nacional de Mujeres Indígenas Campesinas Originarias de Bolivia – CNMICOB
Consejo
de Ayllus y Marqas del Qollasuyu Bolivia – CONAMAQ
Confederación
Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia – CSCIB
Plataforma
Boliviana Frente al Cambio Climático
Coordinadora
Andina de Organizaciones Indígenas - CAOI
Consejo
Indígena de Centro América - CICA
Coordinadora
de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica- COICA
Confederación
de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador – ECUARUNARI
Organización
de las Naciones y Pueblos Indígenas en Argentina. ONPIA
Organización
Nacional Indígena de Colombia - ONIC
Confederación
Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería - CONACAMI
Oil
Watch Sud América
Ecologistas
en Acción
Red
Brasilera de Integración de los Pueblos-REBRIP
Amigos
de la Tierra Internacional - ATI
Fundación
Solón
CENSAT
Agua Viva
Jubileo
Sur/Américas y Jubileo Sur Global
Alianza
Social Continental – ASC
Nuestro
Mundo No Está En Venta – OWINFS
MARCO METODOLÓGICO
CONVOCATORIA A LA PRIMERA AUDIENCIA DEL
TRIBUNAL INTERNACIONAL DE JUSTICIA
CLIMÁTICA
Cochabamba, Bolivia. 13 y 14 de Octubre de
2009
El proceso de las
Conferencias de las NNUU sobre Cambio Climático y los informes proporcionados
por el PICC han puesto en evidencia que los impactos que han causando las
emisiones de gases de efecto invernadero en el mundo son extremos y en
algunos casos irreversibles. Al mismo tiempo, las negociaciones rumbo a
la 15ª Conferencia de las Partes de de UNFCCC sobre el clima, que se realizará
en Copenhagen en diciembre de este año, son una muestra de la lentitud de las
respuestas de los países desarrollados y del sistema de las Naciones Unidas
ante un problema de gran urgencia. Hay una gran falta de voluntad política de
los países desarrollados e industrializados responsables no solamente de no
cumplir los compromisos trazados en el control de las emisiones, sino también
para llegar a compromisos radicales que permitan atacar las causas y revertir
los terribles impactos de este fenómeno resultante de un sistema de vida
insostenible, cuyos efectos evidencian la vulnerabilidad de los pueblos y
países empobrecidos históricamente. Más al contrario, se profundizan las
desigualdades promoviendo falsas soluciones como son, entre otras, los
agrocombustibles, la energía nuclear, los bonos de carbono, las megarepresas y
los nuevos ciclos de endeudamiento a los efectos de la mitigación y la
adaptación.
Los compromisos hasta
ahora logrados han dejado de lado mecanismos de verdadero control y sanción a
quienes no los cumplen y mucho menos han abordado las verdaderas soluciones al
cambio climático que deberían buscar cambiar los paradigmas de desarrollo
dominantes para reducir el uso de hidrocarburos y detener la deforestación y la
exagerada destrucción de la biósfera y del planeta.
Por su parte, recientes informes publicados por el Consejo de las
Naciones Unidas sobre Derechos Humanos subrayan los impactos no solo del cambio
climático pero también de medidas como los agro combustibles sobre los derechos
humanos, la soberanía alimentara y los derechos de los pueblos indígenas.
Ante tal panorama,
diferentes sectores y organizaciones de la sociedad civil, incluyendo muy
especialmente los pueblos y naciones indígenas, afrodescendientes, movimientos
campesinos y de pescadores, hemos decidido promover la construcción de un Tribunal Internacional de Justicia
Climática que contribuya a identificar y sancionar moralmente a los
verdaderos responsables de los crímenes contra la Madre Tierra y sus
habitantes, la humanidad y el conjunto de los seres vivos, así como a exigir la
no repetición de los crimines que forman parte de la acusación. Con ello
queremos denunciar la falta de mecanismos de los Convenios existentes que
realmente sancionen a los responsables de la destrucción del planeta, mientras
que en otros planos (coo por ejemplo los acuerdos de comercio o los financieros) un país es fuertemente castigado
si afecta los intereses del gran capital. Este Tribunal se propone como un espacio
donde los movimientos sociales promuevan la vigilancia social sobre los
acuerdos, y promuevan la Justicia Climática más allá de lo que en Copenhague se
acuerde, buscando a futuro, a partir de la acumulación de estas experiencias,
la construcción de un sistema vinculante que castigue los crímenes ambientales
y las grandes tragedias humanas provocadas por intereses financieros y
mezquinos.
Objetivo General
Visibilizar las causas del cambio
climático y juzgar a los principales estados y empresas responsables del
calentamiento global por sus efectos sobre los derechos humanos, los derechos
de los pueblos y los derechos de la naturaleza, en ese marco denunciar los
impactos de medidas de mitigación y acaptación como los agrocombustibles,
grandes hidroeléctricas, mercados de carbono y otras falsas soluciones que
violan estos derechos.
Objetivos
Específicos
·
Fortalecer
la capacidad de vigilancia y la lucha de los pueblos por la justicia climática
·
Elevar
la sensibilización en el mundo con relación a la justicia climática
·
Incidir en la
adopción de adecuadas políticas, estrategias y acciones ambientales para
prevenir y mitigar los efectos del cambio climático y contrarrestar las falsas
soluciones.
·
Promover la
judicialización y tipificación internacional de los crímenes ambientales.
·
Desarrollar
antecedentes y contribuir desde la sociedad civil a la construcción de un
sistema internacional vinculante para sancionar los crímenes ambientales y el
incumplimiento de los acuerdos para evitar el calentamiento global.
·
Contribuir desde
la experiencia del Tribunal y del concepto de deuda ecológica y justicia
climática a la formulación de los derechos de la Madre Tierra.
Comité Organizador:
El
Comité Organizador de la Primera Audiencia del Tribunal de Justicia Climática
(CO-TJC) lo conforman las siguientes redes y organizaciones:
Plataforma Boliviana frente al Cambio Climático
CAOI-Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas
ATI-Amigos de la Tierra Internacional
Alianza Social Continental
Fundación Solón
Jubileo Sur
Las
responsabilidades del CO con:
1) Garantizar la constitución y organización del
Tribunal de Justicia Climática que deberá sesionar en el mes de octubre de
2009, en la ciudad de Cochabamba, Bolivia en el marco del Octubre Azul, la
Semana de Acción Global por la Madre Tierra y la Semana de Acción Global contra
la Deuda y las IFI´s.
2) Definir la conformación de los miembros del Tribunal
de Justicia Climática recogiendo de manera democrática las sugerencias de los
diferentes movimientos y redes participantes con propuestas de personas que
deberán ser consideradas por el Comité. Los jueces del tribunal que elegirá el
CO, en base a las sugerencias presentadas, deberán ser figuras
internacionalmente reconocidas por su trayectoria y conducta en la defensa de
los derechos humanos, los derechos de los pueblos y los derechos ambientales y
de la naturaleza.
3) Asegurar las bases y las condiciones para la
presentación de casos
4)
Realizar la
selección de casos y la elaboración de la Acusación.
El
Tribunal considerará casos en los que se evidencia con claridad las causas y
los daños emergentes del cambio climático y las falsas soluciones.
Priorizará la presentación de casos cuya gravedad sea indiscutible por el daño
producido, el número de afectados, la ineficiencia del sistema para responder,
etc. en fin diferentes criterios que deben quedar establecidos previamente.
El
Tribunal considerará casos emblemáticos, que parten de situaciones concretas
que afectan a una persona o un grupo de personas específicas o a un ecosistema
específico, pero que además tras de ella hay cientos o miles de personas que
sufren la misma situación o se ven también afectadas.
5) Asegurar la debida defensa de los acusados.
6) Garantizar la continuidad del proceso iniciado con el
TJC en el ámbito internacional, para garantizar la articulación con otros
esfuerzos de la sociedad civil en Copenhague
CRITERIOS DEFINIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE CASOS
Los criterios
definidos para la presentación de casos ante el tribunal son;
1. Deben ser casos claramente vinculados a las causas y
los efectos del cambio climático y las falsas soluciones.
2. Se pueden considerar casos en los que sea evidente la
violación tanto a los derechos humanos y de los pueblos como también los
derechos ambientales pues lo que queremos promover también es la visibilidad de
los derechos de la Madre Tierra.
3. Fundamentar el por qué se consideran situaciones
de violación a los derechos humanos y/o los derechos de la naturaleza
vinculados a cambio climático.
4. Identificar el o los derechos vulnerados, partiendo del principio de integralidad e
indivisibilidad de los derechos humanos.
5. Identificar los principios e instrumentos
internacionales y nacionales que protegen los derechos violados.
6. La presentación de los casos debe incluir esta
información, una descripción del caso, así como identificación de las víctimas,
pues el caso emblemático implica la existencia de un demandante con nombre y
apellido o un colectivo adecuadamente identificado y representado.
7. La presentación de los casos debe incluir la
identificación de los responsables, pues el caso emblemático implica la
existencia de una responsabilidad que será analizada.
8. La documentación de los casos implica el recoger y
analizar todos los antecedentes en caso en que estos hayan sido presentados
ante instancias internas como el poder judicial o utilizado la vía
administrativa sin lograr una respuesta favorable.
9. Los casos pueden incluir los siguientes temas de forma
transversal: la relación con el sistema financiero y las crisis financiera e económica, crisis ecológica,
paradigma de civilización y derechos humanos, derechos de la naturaleza.
Podrán
presentarse:
1. Casos
derivados de los impactos directos del cambio climático
·
Huracanes, inundaciones
y otros eventos climáticos extremos
·
Agotamiento de agua
dulce y recursos para energía por deglaciación
·
Cambios climáticos
locales e impactos sobre la salud y producción de alimentos
2. Casos derivados de la implementación de
falsas soluciones
·
Megarepresas
·
Agrocombustibles
·
Comercio de carbono
(proyectos MDL y REDD)
3. Casos derivados de proyectos o políticas
intensivas en emisiones de gases de efecto invernadero
·
Plantas de generación
termoeléctrica
·
Industria e
infraestructura automotriz
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FICHA DE PRESENTACIÓN
DE CASO |
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Nombre
del Caso |
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Breve
Descripción: (impactos directos, falsas soluciones, amenazas) |
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Ubicación(País,
Región, territorio) |
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Comunidades
Afectadas: |
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Derechos
Impactados/vulnerados |
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Principios e
instrumentos internacionales y nacionales que protegen el o los derechos
violados. |
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Acusado/Responsable
Máximo |
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Documentos
de antecedentes: (enunciar y adjuntar) |
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Análisis
y comentarios adicionales desde la relación con el sistema financiero y las crisis financiera e económica, crisis ecológica,
paradigma de civilización y derechos humanos, derechos de la naturaleza. |
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Demanda
de reparación |
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Nombre
del representante del caso y/o contacto |
Fechas
límite:
Los casos deben presentarse vía correo electrónico a: justiciaclimatica@gmail.com dirigiéndose
al Tribunal Internacional de Justicia
Climática, hasta el jueves 30
septiembre, deben contener la información prevista en los Criterios definidos para
la presentación de casos y contar con los datos consignados en FICHA DE PRESENTACIÓN DE CASO.
El Comité
Organizador (CO) responderá todas las acreditaciones de caso hasta el 2 de
Octubre y en caso de ser seleccionado el caso deberá presentarse con la demanda
ante el Tribunal Internacional de Justicia Climática, instalado en la ciudad de
Cochabamba, Bolivia entre el 13 y 14 de octubre, para lo cual se les asignará
día y hora.






